Novedades · Estudio Contable

Noticias contables

Actualizaciones impositivas, paritarias, vencimientos clave y avisos del estudio. Las publicaciones se mantienen visibles 30 días.

Liquidación digital para empleados del sector privado, ahora en “Mi Argentina”

A partir de ahora, los empleados del sector privado en relación de dependencia podrán visualizar en “Mi Argentina” su liquidación de sueldos, con su correspondiente detalle de monto bruto y descuentos por las contribuciones patronales e importes derivados a los diferentes subsistemas de la seguridad social. De esta manera, los trabajadores accederán a esta información de forma ágil y segura sin necesidad de contar con clave fiscal. Esta nueva funcionalidad en la aplicación disponible tanto para la web como en su aplicación para dispositivos móviles es el resultado del trabajo conjunto realizado entre la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) y la Secretaría de Innovación, Ciencia y Tecnología. Para acceder a la misma, los usuarios deberán ingresar dentro de la opción “Trabajo” al servicio “Liquidación Digital”. Entre los datos disponibles que figuran, se encuentran jubilaciones, obras sociales, y otros conceptos como PAMI, Fondo Nacional de Empleo, Asignaciones Familiares y Fondo Solidario de Redistribución, entre otros, para un período determinado. Este nuevo módulo está disponible únicamente para los trabajadores del sector privado que se encuentran declarados en una liquidación contenida en los sistemas de ARCA. Mi Liquidación Digital es una funcionalidad que se encontraba vigente desde octubre de 2024 para aquellos contribuyentes que contarán con clave fiscal. Con esta nueva modalidad, podrán tener el alcance de esa información desde la aplicación Mi Argentina, que continúa incorporando herramientas que facilitan la vida cotidiana de la ciudadanía, lo que representa un nuevo avance para simplificar el acceso a la información y a los servicios del Estado. Para mayor información, se encuentran los micrositios disponibles en www.arca.gob.ar/celular/apps/trabajo-miargentina o bien www.arca.gob.ar/mi-liquidacion-digital donde se podrá consultar sobre el funcionamiento y alcance del servicio.

Régimen de Promoción del Empleo Registrado: ¿quiénes pueden ingresar?

El Régimen de Promoción del Empleo Registrado (PER) es una de las herramientas centrales de la reforma de Modernización Laboral, que tiene como objetivo incentivar la regularización de trabajadores no registrados o deficientemente registrados mediante beneficios fiscales y facilidades de pago. Plazos de adhesión: ¿Quiénes pueden ingresar? El régimen está dirigido a empleadores del sector privado. Para poder incorporar a los trabajadores, se deben cumplir los siguientes requisitos temporales: Vigencia de la relación: Aplica para vínculos laborales iniciados hasta el 5 de marzo de 2026 y que continúen vigentes al momento de la adhesión. Fecha límite: El plazo para ingresar al régimen vence el 28 de noviembre de 2026. Deudas alcanzadas: Contempla las obligaciones previsionales vencidas hasta octubre de 2026.

Régimen de Incentivo para Medianas Inversiones (RIMI)

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA), en conjunto con la Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca y la Secretaría de Energía, reglamentó el procedimiento para que las pequeñas y medianas empresas puedan adherirse al Régimen de Incentivo para Medianas Inversiones (RIMI) mediante la Resolución General 5849/2026, incluido en la reciente Ley N° 27.802 de Modernización Laboral. El beneficio está contemplado para desembolsos que vayan desde los 150 mil a los 9 millones de dólares, y comprende ventajas impositivas relativos a la amortización acelerada en el impuesto a las ganancias y a la devolución de créditos fiscales en el impuesto al valor agregado en bienes muebles amortizables y obras de carácter productivas que se realicen en el país, siempre que se cumpla con un monto mínimo en un plazo de 2 años. La Resolución General 5849/2026, publicada este martes en el Boletín Oficial, fue dictada en virtud de efectuar precisiones relacionadas con los requisitos y aspectos operativos que deben cumplir los beneficiarios, la forma de acreditar la realización de inversiones productivas no sujetas al monto mínimo, así como el grado de avance inferior al 30% del monto total de inversión de la obra, y las pautas generales de participación y coordinación entre los organismos involucrados para la efectiva aplicación y control del régimen. La normativa contempla a las asociaciones, fundaciones, mutuales, y otras entidades civiles. En ese sentido, la norma precisa que, para inscribirse, las Micro, Pequeñas o Medianas Empresas deberán contar con el “Certificado MiPyME” vigente al primer día del mes de inicio del ejercicio fiscal en el que se efectivice la primera inversión y encontrarse caracterizados ante ARCA como Micro, Pequeñas o Medianas Empresas -Tramos 1 y 2.